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Logro de las agencias de viajes: pueden facturar el IVA de los proveedores
Preferente, 26-01-18
Las agencias de viajes asumen cambios importantes en el pago IVA desde el 1 de enero. La Agencia Tributaria ha aprobado una modificación en el reglamento de facturación que permite, por primera vez en la historia, que las agencias facturen determinados servicios en los que actúan en nombre y por cuenta del proveedor.
Los profesionales de las agencias de viajes tienen que cambiar desde el 1 de enero su sistema de contabilidad. Hasta el 31 de diciembre de 2018 sólo tenían que facturar el IVA de los servicios de transportes y sus equipajes por vía aérea.
Desde el 1 de enero, en cambio, se establece que las agencias puedan facturar los servicios de hostelería, restauración, arrendamiento de transporte, visitas a museos e incluso los seguros de viajes. Por lo tanto, se amplían las actividades por las cuales las agencias pueden facturar el IVA a sus clientes. El IVA que se aplica es del 21 por ciento.
Las agencias de viajes consideran que este cambio fiscal es un gran espaldarazo a su trabajo de intermediación ya que antes no podían emitir facturas en nombre de los proveedores. El principal problema en materia de facturación se producía cuando sus clientes se dirigían a ellas para obtener las facturas correspondientes de los servicios contratados.
Esto implicaba problemas de índole comercial debido a que la agencia se veía obligada a informarles de su incapacidad para emitir tales facturas, que debían ser suministradas de forma individual por cada uno de los proveedores prestatarios de los servicios. La situación se complicaba aún más cuando la agencia trataba con empresas que tenían derecho a la deducción del IVA. Las agencias estaban muy limitadas a la hora de atender a sus clientes.